Toda relación entre el artista y el mediador se basará en la confianza mutua, la lealtad y la confidencialidad en los pactos.
Las dos partes actuarán con total transparencia. El artista estará al corriente de toda la información relativa a la actividad en la cual participa (propósitos, presupuestos, difusión, relación con los medios de comunicación, otros agentes o instituciones implicadas) o de las transacciones que se puedan hacer con su obra (relación con los compradores, ventas realizadas, descuentos, intervención de otros agentes o mediadores). Por su lado, el artista mantendrá informado a su interlocutor sobre todos los aspectos referentes a su obra y sobre su relación con otros mediadores.
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