Guía contratación


TÉRMINOS Y CONDICIONES MÁS HABITUALES


¿CUÁLES SON LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES MÁS HABITUALES EN LOS CONTRATOS SUSCRITOS POR ARTISTAS VISUALES?

Una vez establecidos, de forma clara, cuáles son los antecedentes y el motivo del acuerdo (parte expositiva del contrato), deberán fijarse los pactos o cláusulas que las partes hayan consensuado y que, obviamente, variarán dependiendo del tipo de contrato suscrito.

No serán las mismas cláusulas las que deben establecerse en un contrato de compraventa de obra que las recogidas en un contrato de cesión temporal de obra para su exhibición. A título ilustrativo, procederemos a enunciar las cláusulas más habituales, que se examinan con mayor profundidad en cada uno de los modelos de los contratos que incluimos en esta Guía de Contratación:

OBJETO DEL CONTRATO
En esta cláusula se establecerá, expresamente, cuál es la finalidad del contrato, así como a qué tipo de obras o producción afecta.

Si en el contrato lo que se está haciendo, entre otras cosas, es proceder a la entrega de la obra, deberán inventariarse, en todo caso, todas las obras depositadas, las condiciones del depósito así como el plazo de la devolución de la obra.

Desgraciadamente, es muy habitual describir las obras depositadas únicamente por sus dimensiones, sin ni siquiera especificar el título de las obras. Tal práctica, aunque de uso frecuente, es muy perturbadora, ya que en muchas ocasiones origina impor-tantes conflictos entre las partes al no poderse concretar a qué obras –“de iguales dimensiones”– se está haciendo referencia.

Por ello, deben inventariarse las obras objeto de contrato. Normalmente este inventario se hará en un documento anexo al contrato, en el que es aconsejable reproducir fotográficamente las obras inventariadas. Deberán especificarse las características de la obra u obras, título, año, dimensiones, técnica utilizada, material usado, el precio de la obra, el importe de la producción y todos aquellos otros detalles necesarios para su correcta identificación.

En el supuesto que el objeto del contrato sea una obra aún no realizada, se hará constar la técnica que se utilizará, los materiales, dimensiones, descripción, costes de la pieza, coste de su montaje en caso de que haya un coste adicional… Además, en los casos de obras no realizadas es aconsejable hacer constar las partidas presupuesta-rias necesarias para proceder a la producción de la obra.

En el caso que las obras depositadas vayan cambiando, este anexo deberá renovarse, ya sea mediante su sustitución, ya sea con la elaboración de albaranes de entrega por cada obra nueva que se vaya realizando y entregando.

Decálogo


Contratación
EL CONTRATO


3.2 Contración
FORMA DEL CONTRATO


Términos y condiciones más habituales
REPRESENTACIÓN, ÁMBITO Y EXCLUSIVIDAD


Términos y condiciones más habituales
DURACIÓN DEL CONTRATO


Términos y condiciones más habituales
PERIODO DE DEPÓSITO DE LA OBRA


Términos y condiciones más habituales
SEGUROS Y TRANSPORTE


Términos y condiciones más habituales
GASTOS QUE PUEDAN PRODUCIRSE EN LA RELACIÓN CONTRACTUAL


Términos y condiciones más habituales
CONTRAPRESTACIONES ECONÓMICAS


Términos y condiciones más habituales
INCUMPLIMIENTOS CONTRACTUALES


Términos y condiciones más habituales
IMPUESTOS


Términos y condiciones más habituales
DERECHOS DE AUTOR (1)


Términos y condiciones más habituales
DERECHOS DE AUTOR (2)


Términos y condiciones más habituales
DERECHOS DE AUTOR (3)






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